El Ministerio de Salud, emitió normas de Bioseguridad, para las comunidades de Propiedad Horizontal, las cuales consideramos de sumo interés ante la Pandemia que nos azota (Covid):
PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD PARA PROPIEDAD HORIZONTAL
El Ministerio de Salud fijó las normas de bioseguridad en el sector inmobiliario bajo el régimen de propiedad horizontal que deben ser adoptadas para la prevención del coronavirus. La norma establece condiciones en áreas comunes, mudanzas, recepción de documentos, deliverys, manejo de mascotas, entre otras. BIOSEGURIDAD: UN ASUNTO DE VIDA O MUERTE
RESTRICCIÓN DE USO DE ZONAS COMUNES:
Por ahora, y mientras las autoridades sanitarias lo permitan, el acceso a zonas comunes de uso "no esenciales" como piscinas, caneyes, salón social o de Fiestas , gimnasio, canchas , spa, sauna, parrilleras, parque infantil, y otras áreas de esparcimiento al aire libre deberá permanecer suspendido ya que éstas áreas comunes pueden representar una fuente de contagio. Es difícil o, incluso, imposible mantener distancia mientras se usan esas instalaciones. Sin embargo, las excepciones a esto son "los servicios necesarios", tales como los ascensores y lavanderías compartidas. Se deben imponer restricciones en los ascensores según su tamaño y el número de personas que pueden caber (con un radio de dos metros).
En algunos casos, los residentes deberán utilizar el ascensor de manera personal o, de lo contrario, las escaleras sin tocar el pasamanos. El número de ocupantes permitidos debe indicarse tanto adentro como afuera del ascensor la norma establece condiciones en zonas comunes, mudanzas, recepción de documentos y manejo de mascotas, entre otras.
PASEO DE MASCOTAS:
La resolución señala que la persona que, por núcleo familiar, saque las mascotas o animales de compañía, debe hacerlo por fuera de las zonas comunes del edificio o conjunto; asimismo se deben observar todas las medidas de higiene; el vecino debe bajar con su bolsa para desechos y una botella de cloro o cualquier desinfectante. La(s) persona encargada(s) de las cámaras estará(n) pendientes a los fines de conversar con los infractores de la norma
RECIBO DE DOMICILIOS, ENCOMIENDAS E INGRESO DE VISITANTES:
La norma establece que el personal de vigilancia deberá implementar controles para la recepción de domicilios, correspondencia o ingreso de visitantes teniendo en cuenta que cada residente debe ir a la planta baja (entrada) a recibir su domicilio. Por su parte, el ingreso de visitantes debe realizarse cumpliendo todas las medidas de bioseguridad, como uso de tapabocas, distanciamiento físico e higiene de manos.
MUDANZAS:
Las mudanzas deben ser autorizadas previamente por la JDC del edificio. Además los muebles deben estar desinfectados. Solo se permitirá el ingreso de dos personas de logística, pero siempre que usen elementos de protección personal. Podrá ingresar además el propietario o arrendatario del inmueble. No se podrá ejecutar más de una mudanza diaria por bloque, torre o según la distribución de la copropiedad.
El personal de aseo de la copropiedad tiene que garantizar la desinfección de las zonas de tránsito del personal, una vez haya terminado la mudanza.
DISPOSICIONES DE BIOSEGURIDAD:
La Administración de la copropiedad conjuntamente con la Junta de Condominio, deberán establecer normas de entrega de turnos y las visitas de supervisión de vigilancia, siguiendo los protocolos de bioseguridad y fijar turnos de trabajo para evitar la aglomeración del personal de aseo y vigilancia, definiendo el ingreso a labores en horas intermedias.
El uso de las áreas comunes como gimnasios, piscinas, caneyes, parques, canchas o azoteas en los condominios ya no será posible, según una orden del Ministerio de Salud, para prevenir el Covid19.
REUNIONES VECINALES:
Todas las reuniones no esenciales se deberán posponer. En cambio, estas deberían hacerse de forma remota, ya sea por WhatsApp, Facetime o Zoom. Asimismo, los pagos de los servicios como el agua, la luz o el mantenimiento deben realizarse mediante transferencias o depósitos. De esta manera, todos los vecinos se protegen y se reduce el riesgo de contagio.
TRABAJOS NO ESENCIALES:
Los trabajos no esenciales tanto en la parte externa como en la interna del conjunto deben posponerse (por ejemplo, barrer el estacionamiento de bicicletas o autos, limpiar las ventanas, entre otros). Las renovaciones no esenciales también deben esperar. Sin embargo, los trabajos requeridos para garantizar la seguridad de los habitantes o prevenir daños materiales a la propiedad pueden proceder (Ej: trabajos de electricidad, bombas, portones eléctricos, mantenimiento de piscinas)
Es vital seguir todas estas medidas de seguridad para velar por la salud de todos los residentes, sobre todo de las personas mayores de edad y los más pequeños. Si todos las aplican de manera estricta, el riesgo de contagio se reducirá.
La aplicación de estas medidas en Condominios comerciales y Condominios residenciales ES DE ACATAMIENTO OBLIGATORIO para todo el país. De hacer caso omiso e incumplir las anteriores normas, se llamarán a las autoridades competentes para que tomen las medidas pertinentes al caso